Guía

Plazos de VeriFactu: 1 de enero y 1 de julio de 2027

Dos fechas según quién seas. Aquí tienes a quién afecta, qué es el período de pruebas y cómo planificarlo si fabricas software de facturación.

Plazos

El calendario de la AEAT no espera

Fechas límite para adaptar los sistemas informáticos de facturación (SIF), según la nota informativa de la AEAT actualizada el 26 de marzo de 2026.

  • Entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades

  • Resto de obligados

A quién afecta VeriFactu

El reglamento de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF) afecta a dos grupos: los productores y comercializadores de software de facturación y las empresas y profesionales que emiten facturas con él. Según la AEAT, estos últimos están obligados cuando se dan las cuatro condiciones a la vez:

  • No facturan exclusivamente de forma manual.
  • No están en el Suministro Inmediato de Información (SII), que es incompatible con el RRSIF.
  • No tienen residencia fiscal en el País Vasco ni en Navarra, que tienen sus propios sistemas, como TicketBAI en el País Vasco.
  • No cuentan con una resolución de exención.

Canarias, Ceuta y Melilla sí están dentro. Si tu software también factura a empresas del País Vasco, mira KubiBAI, nuestra API para TicketBAI.

Qué es el período de pruebas

La nota informativa de la AEAT llama período de pruebas al tiempo anterior a cada fecha límite. Durante ese período, quien ya remitía registros de prueba con un SIF en modalidad VeriFactu puede dejar de hacerlo y facturar con otros SIF hasta su fecha límite.

Para quien fabrica software, la lectura práctica es que hay margen para integrar y probar, pero ese margen termina en las fechas de arriba.

Qué significa adaptar el SIF

Un sistema de facturación adaptado genera, por cada factura, un registro de facturación con su huella, lo encadena con el anterior e incluye el QR de cotejo en la factura. En la modalidad VeriFactu, además, remite esos registros a la AEAT.

Esa es la parte que KubiFACTU resuelve por API: tu software envía la factura en JSON y recibe el registro, su estado y el QR. Puedes ver cómo funciona con una petición y una respuesta de ejemplo.

Cómo planificarlo si fabricas software

Esto es una recomendación nuestra, no una exigencia de la AEAT. Si tus clientes presentan el Impuesto sobre Sociedades, tu fecha real de trabajo es anterior al 1 de enero de 2027, porque ese día sus facturas ya tienen que salir bien. Un orden razonable:

  1. Integra en pruebas. Regístrate en el entorno de pruebas, da de alta una empresa y envía los tipos de factura que emite tu software. Hay ejemplos por tipo de factura en la documentación.
  2. Prueba el flujo completo. Altas, rectificativas, anulaciones y el caso en que la AEAT rechaza un registro o no responde.
  3. Prepara a tus clientes. Si usas el certificado de KubiFACTU, cada cliente firma el otorgamiento de representación de la AEAT. Depende de ellos, así que conviene empezar pronto. Lo explica la guía de paso a producción.
  4. Pasa a producción por oleadas. Primero los clientes con la fecha más cercana, después el resto.

Fuentes

Los datos de esta página salen de estas páginas de la AEAT, revisadas el 1 de octubre de 2026:

Si la AEAT actualiza los plazos, esa nota es la fuente que manda.

Dudas habituales

Preguntas sobre los plazos

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?

Según la nota informativa de la AEAT, las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptados sus sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2027, y el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027.

¿Qué fecha me corresponde si soy autónomo?

Los autónomos no presentan el Impuesto sobre Sociedades, así que entran en el resto de obligados: antes del 1 de julio de 2027. Si facturas desde una sociedad, la fecha es el 1 de enero de 2027.

¿Y si tengo residencia fiscal en el País Vasco o en Navarra?

El reglamento no se aplica a quien tiene residencia fiscal en esos territorios, que tienen sus propios sistemas, como TicketBAI en el País Vasco. Canarias, Ceuta y Melilla sí están incluidas.

¿Qué es el período de pruebas?

Es el tiempo anterior a cada fecha límite. Según la AEAT, durante ese período se puede dejar de remitir registros de prueba con un sistema en modalidad VeriFactu y facturar con otros sistemas hasta la fecha límite.

¿Puedo empezar a probar ya con KubiFACTU?

Sí. Regístrate en el entorno de pruebas, da de alta una empresa y envía registros para validar tu flujo. Cuando todo encaje, das de alta producción.

¿Pueden cambiar los plazos?

Los plazos actuales son los de la ampliación aprobada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. Antes de planificar, consulta la nota informativa de la AEAT, enlazada al final de esta página: es la fuente que manda.

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Regístrate en el entorno de pruebas, sigue el inicio rápido y envía tu primer registro. Cuando todo encaje, das de alta producción.